El Real Decreto-Ley 5/2023, que entró en vigor el 28 de junio, alinea la regulación de las modificaciones estructurales en sociedades mercantiles en España con la Unión Europea. Esto afecta a operaciones como la transformación por cambio de tipo social, fusiones, escisiones y cesiones globales de activos y pasivos. Estos cambios introducen disposiciones comunes para todas estas operaciones, independientemente de si son internas o transfronterizas.
En Figueras Legal queremos analizar los cambios más importantes introducidos en la regulación de dicha materia.
Principales novedades de carácter general en operaciones de carácter interno
Proyecto de Modificación Estructural: Los administradores deben confeccionar un proyecto (también para las transformaciones) que incluya sendos certificados que demuestren el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social por parte de las sociedades participantes. Además, deben mencionar la compensación en efectivo para los socios que tienen derecho a enajenar sus acciones o participaciones y las implicaciones para los acreedores.
Publicidad Previa: Salvo en el caso de operaciones adoptadas por junta universal unánime, se debe publicar un anuncio en la página web o depositarlo en el Registro Mercantil para informar a socios, acreedores y trabajadores sobre la operación propuesta. Se les permite formular observaciones hasta cinco días laborales antes de la junta general.
Informe de Administradores: El informe de administradores debe tener dos secciones o dos informes separados: uno para socios y otro para trabajadores. El informe de los trabajadores debe abordar las consecuencias para las relaciones laborales, cambios en las condiciones de empleo y la ubicación de los centros de actividad, y su impacto en las filiales de la sociedad.
Informe de Expertos: El informe de expertos evaluará la adecuación de la compensación en efectivo ofrecida a los socios con derecho a enajenar sus acciones o participaciones. También puede incluir una valoración de las garantías ofrecidas a los acreedores si los administradores lo solicitan. En fusiones apalancadas, ya no es necesario que el experto se pronuncie sobre la «asistencia financiera.»
Novedades en protección de socios y titulares de acciones sin voto
En ciertas operaciones, los socios y titulares de acciones sin voto tienen el derecho de enajenar sus acciones o participaciones si no se elaboran informes de administradores y expertos y en otras, solo podrán ejercer este derecho si votan en contra. Si no están de acuerdo con la compensación en efectivo, tienen dos meses para reclamar una compensación complementaria en efectivo.
Novedades en protección de acreedores
Los administradores deben informar a los acreedores sobre las implicaciones de la operación y las garantías ofrecidas y a éstos se les permite presentar observaciones antes de la junta general y, si consideran que sus derechos están en riesgo debido a la modificación estructural, tienen derecho a obtener garantías adecuadas.
Operaciones transfronterizas
Se renombra el «traslado internacional de domicilio» como «transformación transfronteriza», se establecen disposiciones generales para todas las operaciones transfronterizas, tanto intraeuropeas como extraeuropeas, y se agregan reglas específicas para cada tipo de modificación estructural.
Estos cambios buscan alinear la regulación de las modificaciones estructurales en sociedades mercantiles con los estándares europeos, garantizando la protección de los intereses de socios, trabajadores y acreedores.
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