En un mercado cada vez más competitivo, el modelo de franquicia continúa consolidándose como una fórmula eficaz para expandir negocios con menor riesgo. No obstante, tanto franquiciadores como franquiciados deben tener claro que este tipo de relación comercial está sujeta a una normativa específica y una serie de obligaciones legales.
En este artículo, desde Figueras Legal como expertos en Derecho de Franquicias, repasamos los principales aspectos legales que regulan las franquicias en España, con el objetivo de proporcionar una guía clara y útil para quienes deseen operar bajo este sistema.
¿Qué se entiende por franquicia?
La franquicia es un modelo de colaboración empresarial en el que una empresa (el franquiciador) cede a otra (el franquiciado) el derecho a explotar un negocio con una marca y unos procedimientos definidos, a cambio de una contraprestación económica.
Este acuerdo permite al franquiciado replicar el éxito de un negocio probado, beneficiándose del respaldo y la experiencia del franquiciador, mientras que este último puede ampliar su presencia en el mercado sin asumir directamente los costes de expansión.
Marco legal de las franquicias en España
Aunque España no cuenta con una ley específica de franquicias, este modelo se regula a través de varias normativas generales y sectoriales. Las más relevantes son:
Ley de Ordenación del Comercio Minorista
Cuando hablamos del marco legal que regula las franquicias en España, es imprescindible referirse a la Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio Minorista, una de las normas para entender cómo debe desarrollarse esta actividad comercial en nuestro país.
Esta ley, en vigor desde el 15 de enero de 1996, contempla la franquicia como una fórmula de colaboración empresarial mediante la cual una parte, el franquiciador, concede a otra, el franquiciado, el derecho a utilizar sus signos distintivos, conocimientos técnicos y su estructura comercial, con el compromiso por parte del franquiciado de seguir unas pautas determinadas a cambio de una compensación económica.
Uno de los aspectos más relevantes de esta norma se encuentra en su artículo 62, donde se regula la obligación del franquiciador de proporcionar una información precontractual completa y veraz. Tiene como finalidad proteger al futuro franquiciado y facilitarle una decisión bien fundamentada antes de asumir compromisos contractuales.
Según este artículo, el franquiciador está obligado a entregar por escrito toda la información relevante con una antelación mínima de 20 días respecto a la firma del contrato o al abono de cualquier cantidad por parte del franquiciado.
El Real Decreto 201/2010
Más allá de las disposiciones generales recogidas en la Ley 7/1996, la actividad franquiciadora en España se encuentra también regulada por el Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, una norma que desarrolla de forma más concreta aspectos técnicos y procedimentales del régimen de franquicia.
Este decreto tiene un objetivo centrado en reforzar la transparencia en las relaciones comerciales entre franquiciador y franquiciado, especialmente en la etapa previa a la firma del contrato. De ahí que dedique especial atención a los requisitos de información precontractual, aspecto fundamental para garantizar una toma de decisiones responsable por parte del inversor.
El Real Decreto establece qué tipo de información debe facilitar el franquiciador a la parte interesada y contempla la obligación por parte del franquiciador de proporcionar una estructura de soporte y formación continua.
La Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia
Por otro lado, la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, vela por el correcto funcionamiento del mercado y prohíbe comportamientos empresariales que puedan limitar, restringir o falsear la competencia.
En el ámbito de las franquicias, regula prácticas comunes en estos acuerdos como la fijación de precios, las cláusulas de exclusividad territorial o las restricciones a la expansión del franquiciado.
Reglamento (UE) 2022/720 sobre Acuerdos Verticales
Si hablamos del marco jurídico de la Unión Europea, debemos hacer referencia al Reglamento (UE) 2022/720 sobre Acuerdos Verticales. El reglamento permite que estos acuerdos, como el de Franquicias, queden fuera de las prohibiciones generales en materia de competencia, siempre que no generen un perjuicio significativo al funcionamiento del mercado. Así, por ejemplo, se admite la inclusión de cláusulas como exclusividades territoriales o la fijación de precios mínimos recomendados, siempre que dichas condiciones no supongan una restricción injustificada de la competencia.
El Código Deontológico Europeo
El Código Deontológico Europeo recoge una serie de principios éticos y pautas de comportamiento que orientan la actuación tanto de los franquiciadores como de los franquiciados.
Aunque su aplicación no es obligatoria desde un punto de vista jurídico, muchas franquicias lo adoptan voluntariamente como referencia para asegurar unas relaciones comerciales basadas en la ética, la transparencia y el respeto mutuo.
El sistema de franquicia ofrece ventajas para ambas partes, pero también implica un marco legal complejo. Tanto si estás pensando en expandir tu negocio a través de franquicias como si estás valorando convertirte en franquiciado, es importante contar con el respaldo de asesoramiento legal especializado.
En Figueras Legal, te ayudamos a construir acuerdos sólidos, transparentes y ajustados a la normativa vigente. Más información en info@figueras.legal.




















